Monday, December 9, 2013

SEGURIDAD

AM | @agumack

"La espada en las manos de un Magistrado" — Pedro Vicente Cañete

¿Cómo se alcanza la seguridad sobre la vida, la libertad y las posesiones? Ésta es, naturalmente, la pregunta-clave de las sociedades modernas. Estamos en 2013, y la Argentina no ha encontrado la respuesta. Hay dos grandes posturas en este debate que comienza a finales del siglo XVI con las guerras de religión en Europa Occidental. (Dicho sea de paso, estas guerras se están reproduciendo hoy mismo en el mundo musulmán entre chiitas y sunitas). O se logra una concentración del poder tal que elimina toda disputa sobre la autoridad soberana, o —por el contrario— se divide el poder político para 'domesticarlo' y hacerlo menos peligroso.

* * *

En la Argentina, este debate comienza en 1810. Los protagonistas son Pedro Vicente Cañete, fiscal de la Audiencia de Charcas (profundamente anti-revolucionario), y Mariano Moreno, Secretario de la Junta Gubernativa. Moreno reproduce los argumentos en la Gazeta de Buenos-Ayres. De entrada, Cañete señala un punto importante — en América es tal la desigualdad entre los habitantes, la falta de educación y la ausencia de lo que hoy llamaríamos "capital social", que un sistema republicano terminará por dar rienda suelta a las más funestas pasiones:

En unos Pueblos sin ilustración, sin disciplina y sin costumbres, como son en la mayor parte los de América, es imposible establecer un sistema de seguridad , no teniendo un apoyo de protección sobre quienes fixen sus esperanzas los ciudadanos [...] Sería el origen de violencias, rapiñas y asesinatos. Las pasiones desencadenadas no dexarian ninguna seguridad para la vida, ninguna salvaguardia para los bienes, ningun asilo para el honor (*).

Moreno defiende el punto de vista contrario. Su argumento es el de los filósofos 'ilustrados' del siglo XVIII, con los que se siente profundamente identificado [ver]. Desde el punto de vista de la seguridad, la concentración de todo el poder político en las mismas manos es un sistema aún más peligroso, porque abre el camino a la tiranía, al dejar sin "dique" las pasiones ... de quien controla el poder. (Moreno defiende la "concentracion de los poderes", pero se refiere, con buen criterio, al poder ejecutivo).

Por eso el Secretario de la Junta favorece un sistema institucional basado en la representación (a notar el toque no-rousseauniano), en la libertad de prensa y en la independencia judicial. El 6 de noviembre de 1810, la Gazeta presenta el sistema de equilibrio de poderes como el más adecuado para lograr "la honestidad de las costumbres, la seguridad de las personas, la conservacion de sus derechos" [ver]. La libertad de prensa debería dar lugar al "choque de las opiniones" necesario para guiar los pasos del gobierno.

En cuanto a la independencia judicial, es vista por Moreno como condición insoslayable de la seguridad: "La potestad judicial debe hallarse del todo separada de la corona. Si la Justicia se ejerciera desde el Trono, no habría seguridad real ni personal alguna" [ver]. La idea, ya formulada el 24 de mayo de 1810, proviene de Victorian de Villava, maître à penser de Moreno, y gran adversario político de Cañete. La encontramos en Adam Smith [ver], pero también en la Historia de las dos Indias, el libro de cabecera de Moreno.

* * *

El gran debate Cañete-Moreno es hoy completamente ignorado (estoy escribiendo sobre el asunto). Seguimos convencidos que la hiper-concentración del poder político es la única manera de lograr tolerables niveles de seguridad. Por eso damos todo el poder a Menem, todo el poder a Cavallo, todo el poder a K  y seguiremos haciéndolo así. Es una posición más racional de lo que yo pensaba antes [ver], pero sigue siendo un tremendo equivoco. Lo vemos todos los días en las calles de la República.

La seguridad, amigos, la seguridad.

(*) Pedro Vicente Cañete. El clamor de la lealtad americana en defensa de la legitimidad del Supremo Concejo de Regencia, contra los atentados de la Junta Gubernativa de Buenos-Ayres, citado en la Gazeta Extraordinaria de Buenos-Ayres, martes 3 de julio de 1810 [ver].
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