Sunday, June 27, 2010

BIBLIOTECA DE FRENOS & CONTRAPESOS. Tengo el agrado de reproducir el magnífico texto de la Gazeta Extraordinaria de Buenos-Ayres del 6 de noviembre de 1810, donde Mariano Moreno expone algunas de sus ideas en materia de constitucionalismo. Estoy trabajando sobre las fuentes de este texto; he descubierto una docena de referencias hasta ahora desconocidas. ¡Espero poder publicarlas pronto! Los números entre corchetes indican las páginas del original. Estos son los links: 1, 2 [AM].


GAZETA EXTRAORDINARIA
DE BUENOS-AYRES.
MARTES 6 DE NOVIEMBRE DE 1810.

Rara temporum felicitate, ubi sentire, quae velis,
et quae sentias, dicere licet
.
Tacito – lib. I Hist.
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Buenos-Ayres 2 de Noviembre de 1810.
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¿Por qué medios conseguirá el congreso la felicidad, que nos hemos propuesto en su convocacion? La sublime ciencia, que trata del bien de las naciones, nos pinta feliz un estado, que por su constitucion y poder es respetable á sus vecinos; donde rigen leyes calculadas sobre los principios físicos y morales, que deben influir en su establecimiento; y en que la pureza de la administracion interior asegura la observancia de las leyes, no solo por el respeto que se les debe, sino tambien por el equilibrio de los poderes encargados de su execucion. Esta es la suma de quantas reglas consagra la política á la felicidad de los estados; pero ella mas bien presenta el resultado de las utiles tareas, á que nuestro congreso se prepara, que un camino claro y sencillo por donde pueda conducirse.

Seremos respetables á las naciones extrangeras, no por riquezas, que excitarían su codicia; no por la opulencia del territorio, que provocaría su ambicion; no por el número de tropas que en muchos años no podrán igualar las de la Europa; lo seremos solamente quando renazcan en nosotros las virtudes de un pueblo sóbrio y laborioso; quando el amor á la patria sea una virtud común, y eleve nuestras almas á ese [2] grado de energía, que atropella las dificultades, y desprecia los peligros. La prosperidad de Esparta enseña á el mundo, que un pequeño estado puede ser formidable por sus virtudes; y ese pueblo reducido a un estrecho recinto del Peloponeso fue el terror de la Grecia, y formará la admiracion de todos los siglos. ¿Pero quales son las virtudes que deberán preferir nuestros legisladores? ¿Por qué medios dispondrán los pueblos á mirar con el mas grande interes, lo que siempre han mirado con indiferencia? ¿Quién nos inspirará ese espíritu público, quo no conocieron nuestros padres? ¿Cómo se hará amar el trabajo y la fatiga, á los que nos hemos criado en la molicie? ¿Quién dará á nuestras almas la energía y firmeza necesarias, para que el amor de la patria, que felizmente ha empezado á rayar entre nosotros, no sea una exhalacion pasagera, incapaz de dexar huellas duraderas y profundas, ó como esas plantas, que por la poca preparacion del terreno mueren á los pocos instantes de haber nacido?

Nuestros representantes van á tratar sobre la suerte de unos pueblos que desean ser felices, pero que no podran serlo hasta que un código de leyes sábias establezca la honestidad de las costumbres, la seguridad de las personas, la conservacion de sus derechos, los deberes del magistrado, las obligaciones del súbdito y los límites de la obediencia. ¿Podrá llamarse nuestro código el de esas leyes de Indias dictadas para neófitos, y en que se vende por favor de la piedad, lo que sin ofensa de la naturaleza no puede negarse á ningun hombre? Un sistema de comercio fundado sobre la ruinosa base del monopolio, y en el que la franqueza del giro y la comunicacion de las naciones se reputa un crimen, que debe pagarse con la vida : títulos enteros sobre precedencias, ceremonias, y autorizacion de los jueces ; pero en que ni se encuentra el órden de los juicios reducido a las reglas invariables, que deben fixar su forma, ni se explican aquellos principios de razon, que son la base eterna de todo derecho, y de que deben fluir las leyes por sí mismas, sin otras variaciones que las que las circunstancias físicas y morales de cada pais han hecho necesarias : un espíritu afectado de proteccion y piedad hácia los indios, explicado por reglamentos, que solo sirven para descubrir las crueles vexaciones que padecian, [3] no menos que la hipocresia é impotencia de los remedios, que han dexado continuar los mismos males, á cuya reforma se dirigian : que los indios no sean compelidos á servicios, que no sean castigados al capricho de sus encomenderos, que no sean cargados sobre las espaldas, á este tenor son las solemnes declaratorias, que de cédulas particulares pasaron á código de leyes, porque se reunieron en quatro volúmenes; y eh aquí los decantados privilegios de los indios, que con declararlos hombres habrian gozado mas extensamente, y cuyo despojo no pudo ser reparado sino por actos, que necesitaron vestir los soberanos respetos de la ley, para atacar de palabra la esclavitud, que dexaban subsistente en la realidad. Guárdese esta colección de preceptos para monumento de nuestra degradacion ; pero guardemonos de llamarlo en adelante nuestro código ; y no caigamos en el error de creer, que esos quatro tomos contienen una constitucion ; sus reglas han sido tan buenas para conducir á los agentes de la metrópoli en la economía lucrativa de las factorías de América, como inútiles para regir un estado, que como parte integrante de la monarquía, tiene respeto de sí mismo iguales derechos, que los primeros pueblos de España.

No tenemos una constitucion, y sin ella es quimérica la felicidad, que se nos prometa. ¿Pero tocará á el congreso su formacion? ¿La América podrá establecer una constitucion firme, digna de ser reconocida por las demas naciones, miéntras viva el Sr. D. Fernando VII, a quien reconoce por Monarca? Si sostenemos este derecho, ¿podrá una parte de la América por medio de sus legítimos representantes establecer el sistema legal de que carece, y que necesita con tanta urgencia ; ó deberá esperar una nueva asamblea, en que toda la América se dé leyes a sí misma, ó convenga en aquella division de territorios, que la naturaleza misma ha preparado? Si nuestra asamblea se considera autorizada para reglar la constitucion de las provincias que representa, será tiempo oportuno realizarla, apénas se congregue? ¿Comprometerá esta obra los deberes de nuestro vasallage? ¿Ó la circunstancia de hallarse el Rey cautivo armará á los pueblos de un poder [4] legítimo, para suplir una constitucion, que él mismo no podría negarles?

No nos haría felices la sabiduría de nuestras leyes, si una administracion corrompida las expusiese, á ser violadas impunemente. Las leyes de Roma, que observadas fielmente hicieron temblar al mundo, fueron despues holladas por hombres ambiciosos, que corrompiendo la administracion interior, debilitaron al estado, y al fin dieron en tierra con el opulento imperio, que las virtudes de sus mayores habian formado. No es tan dificil establecer una ley buena, como asegurar su observancia : las manos de los hombres todo lo corrompen; y el mismo crédito de un buen gobierno ha puesto muchas veces el primer escalon á la tiranía, que lo ha destruido. Pereció Esparta, dice Juan Jacobo Rosseau, ¿qué estado podrá lisongearse, de que su constitucion sea duradera? Nada es mas dificil, que fixar los principios de una administracion interior libre de corromperse; y ésta es cabalmente la primera obra, á que debe convertir sus tareas; sin embargo, la suerte de los estados tiene principios ciertos, y la historia de los pueblos antiguos presenta lecciones seguras, á los que deseen el acierto. Las mismas leyes, las mismas costumbres, las mismas virtudes, los mismos vicios han producido siempre los mismos efectos; consultemos pues, porque instituciones adquirieron los pueblos un grado de prosperidad, que el transcurso de muchos siglos no ha podido borrar de la memoria de los hombres ; exâminemos aquellos abusos, con que la corrupción de las costumbres desmoronó imperios poderosos, que parecian indestructibles; y el fruto de nuestras observaciones será conocer los escollos, y encontrar delineado el camino, que conduce á la felicidad de estas provincias.

Que el ciudadano obedezca respetuosamente á los magistrados ; que el magistrado obedezca ciegamente á las leyes; este es el último punto de perfeccion de una legislacion sábia ; esta es la suma de todos los reglamentos consagrados á mantener la pureza de la administracion : esta es la gran verdad, que descubrió Minos en sus meditaciones, y que, encontró como único remedio, para reformar los licenciosos desórdenes, que [5] agobiaron á Creta. ¿Pero qual será el resorte poderoso, que contenga las pasiones del magistrado, y reprima la inclinacion natural del mando, hácia la usurpacion? ¿De qué modo se establecerá la obediencia del pueblo sin los riesgos de caer en el abatimiento ; ó se promoverá su libertad sin los peligrosos escollos de una desenfrenada licencia?

Licurgo fue el primero, que trabajando sobre las meditaciones de Minos encontró en la division de los poderes el único freno, para contener al magistrado en su deberes. El choque de autoridades independientes debia producir un equilibrio en sus esfuerzos, y pugnando las pasiones de un usurpador, con el amor propio de otro, que veia desaparecer su rango con la usurpacion, la ley era el único arbitro de sus querellas, y sus mismos vicios eran un garante tan firme de su observancia, como lo habrían sido sus virtudes. Desde entonces ha convenido la experiencia, que las formas absolutas incluyen defectos gravísimos, que no pueden repararse sino por la mezcla y combinacion de todas ellas : y la Inglaterra, esa gran nacion, modélo único que presentan los tiempos modernos á los pueblos, que desean ser libres, habria visto desaparecer la libertad, que le costó tantos arroyos de sangre si el equilibrio de los poderes no hubiese contenido á los Reyes, sin dexar lugar á la licencia de los pueblos.

Equilíbrense los poderes, y se mantendrá la pureza de la administración : ¿pero quál será el exe de este equilibrio? ¿Quáles las barreras de la horrorosa anarquía, a que conduce el contraste violento de dos autoridades, que se empeñan en su recíproco exterminio? ¿Quién de nosotros ha sondeado bastantemente el corazon humano, para manejar con destreza las pasiones ; ponerlas en guerra unas contra otras ; paralizar su accion; y dexar el campo abierto, para que las virtudes operen libremente?

Eh aquí un cúmulo de qüestiones espinosas, que es necesario resolver ; y en que el acierto producirá tantos bienes, quantos desastres serán consiguientes á los errores de la resolucion. Para analizarlas prolixamente, seria necesario escribir un cuerpo de politica, que abrazase todos los ramos de esta inmensa y delicada ciencia. Semejante obra requiere otro tiempo, [6] y otros talentos ; y estoy muy distante de incurrir en la ridicula manía, de dirigir consejos á mis conciudadanos. Mi buena intencion debe escudarme contra los que acusen mi osadía : y mis discursos no llevan otro fin, que excitar los de aquellos que poseen grandes conocimientos, y á quienes su propia moderacion reduce á un silencio, que en las presentes circunstancias pudiera sernos pernicioso. Yo hablaré sobre todos los puntos que hé propuesto; no guardaré orden alguno en la colocacion, para evitar la presuncion, que alguno fundaría en el método, de que pretendia una obra sistemática : preferiré en cada gazeta la qüestion, que primeramente se presente á mi memoria : y creeré completo el fruto de mi trabajo, quando con ocasion de mis indicaciones hayan discurrido los patriotas sobre todas ellas; y en los conflictos de una convulsion imprevista, se recuerden con serenidad los remedios, que meditaron tranquilamente en el sosiego del gabinete, ó en la pacifica discusion de una tertulia.
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