Thursday, June 11, 2020

CUATRO DE CONTRAPESOS

Biografia de Baruch de SpinozaAM | @agumack

"Checks and balances are our only security" — John Adams

[1] Jean Tirole. Las dificultades financieras del grupo Vicentin reflejan, según las noticias que se van filtrando, los vaivenes de la política en los más altos niveles del Banco Nación. Es el eterno problema de la economía política argentina: la falta de financiamiento, consecuencia directa de la debilidad de los contrapesos institucionales—y en particular de la ausencia de independencia judicial. La resultante inestabilidad de las posesiones contrae, de manera perfectamente natural, la oferta de crédito.

                                                         * * *

Con el intento de expropiación de Vicentin, el mensaje es claro: el poder ejecutivo manda, incluso en cuestiones judiciales. Hace un tiempo decidí incluir el tratamiento de los casos de quiebra —cuyos principios están siendo pisoteados de manera espectacular— como criterio de la independencia judicial [ver]. Jean Tirole, Premio Nobel de Economía en 2014, escribe en referencia a las fallas del sistema judicial en el tratamiento de quiebras:

... les anticipations initiales des prêteurs potentiels quant à la résolution d'éventuelles défaillances sont un déterminant important de l'offre de crédit, et donc de la capacité de financement des entreprises. L'endettement est la principales source de financement externe des entreprises. La protection des créanciers facilite l'accès au crédit des entreprises (*).

Tirole y sus co-autores se refieren a l'offre du crédit (la oferta de crédito) y a los bailleurs de fonds (los que aportan fondos). La clásica excusa de 'proteger las fuentes de trabajo' esconde la realidad de un sistema judicial lento, ineficiente, dominado por el poder ejecutivo, que aleja del mercado de crédito a potenciales oferentes de recursos prestables. Aún suponiendo buenas intenciones —proteger fuentes de trabajo— el resultado es un encarecimiento general del capital. Es exactamente la tesis que defendemos en Contrapesos.

(*) Guillaume Plantin, David Thesmar et Jean Tirole: "Les enjeux économiques du droit des faillites", Les notes du conseil d'analyse économique, nº 7, junio de 2014. Este pasaje ha sido citado más de una vez en el blog. Y lo volveré a citar. 
_________________

[2] Galiani. Y ya que estamos con el vínculo entre costo del capital y la calidad del sistema judicial, aprovecho para comentar —una vez más— el fantástico pasaje de Della Moneta (1751), donde Ferdinando Galiani introduce la guistizia certa como determinante de la oferta de crédito [ver] (*). Galiani escribe: "... sieno le liti brevi ..." ¿A qué se refiere? No sé lo suficiente sobre el mercado de crédito en Napoli en la primera mitad del siglo XVIII, pero parece claro que tiene en mente la capacidad del sistema judicial para tratar con velocidad los casos de quiebras. En un pasaje del libro IV, señala "la brevità delle liti" como la principal manera de evitar las tasas de interés usurarias.

Galiani no era un fanático libre-cambista. Al contrario: en los 1760s entrará en una feroz polémica con los fisiócratas, los 'libertarios' del siglo XVIII, a quienes reprochaba su desdén por los principios elementales de la política. Pero tenía claro que la principal consecuencia de un des-gobierno despótico que interrumpe la guistizia certa es el empobrecimiento de la población via altas tasas de interés (y su corolario implícito: bajos niveles salariales). Solamente con una guistizia certa, saranno i poveri trattati senza crudeltà. Perfecto en Napoli en 1751, y en Argentina en 2020.

(*) Opere di Ferdinando Galiani, Tomo VI de la colección Illuministi Italiani. Riccardo Ricciardi Editore: Milano, 1975.
______________

[3] La Campora. La Campora es un 'Estado dentro del Estado'. Otra idea repetida de este blog. No importa. Viene de Spinoza: "The phrase “imperium in imperio” famously appears also in the preface to Ethics III, where Spinoza is characterizing the non-naturalist view that he opposes. In both of these passages, Spinoza criticizes the assumption that man is governed by his own set of rational, normative laws, rather than the laws that govern the rest of nature" (*). Más tarde Montesquieu, Diderot y Raynal darán un sentido menos abstracto a la idea, en referencia a las Compañías de Indias Orientales de los Países Bajos y del Reino Unido, cuyo enorme poder igualaba o superaba el del propio gobierno. En 2012 escribí sobre La Campora —llamada 'La Orga' por sus miembros— y el peligro que supone en materia de gobernanza [ver]. Dada la completa ausencia de rendición de cuentas de este imperium in imperio, no es difícil imaginar que los (posibles) administradores de Vincentin actuarán como una corrupta oligarquía y no como un conjunto de almas elevadas en defensa de la comunidad.

(*) Justin Steinberg: "Spinoza’s Political Philosophy", en Edward N. Zalta (ed.) The Stanford Encyclopedia of Philosophy, Summer 2019.
______________

[4] Moisés. Hace un mes escribí una entrada sobre el fantástico texto de Éxodo 18. 1-27, el capítulo del Antiguo Testamento que establece la independencia judicial como doble resultado de: (1) la división del trabajo entre el 'ejecutivo' (Moisés) y los jueces; (2) la selección de jueces entre oligoi / ὀλίγοι y aristoi / ἄριστοι [ver]. La mayoría de las traducciones que consulté no mencionan el papel de Moisés como monarca, lo que dificulta el crucial vínculo entre el texto bíblico y el pensamiento político de los griegos clásicos. Veo que Spinoza sí lo hace:

Moses, not by fraud, but by Divine virtue, gained such a hold over the popular judgment that he was accounted superhuman, and believed to speak and act through the inspiration of the Deity; nevertheless, even he could not escape murmurs and evil interpretations. How much less then can other monarchs avoid them! Yet such unlimited power, if it exists at all, must belong to a monarch, and least of all to a democracy, where the whole or a great part of the people wield authority collectively. This is a fact which I think everyone can explain for himself (*). 

¿Hora de leer a Spinoza?

(*) Baruch Spinoza, TPT 20.2 [ver]. Spinoza también menciona repetidamente a Jethro.
_______________

No comments:

Post a Comment